DERECHOS HUMANOS: J. R. Blanco Aristín

III CURSO SUPERIOR SOBRE TRANSMISIÓN DE VALORES DE CONVIVENCIA Y DINÁMICA DE CIVILIZACIONES.
INSTITUTO CIENCIA Y SOCIEDAD (www.cienciaysociedad.org. INACS
Sitio: Instituto Egipcio de Estudios Islámicos
Calle de Francisco de Asís Mendez Casariego 1
(Metro: Nuevos Ministerios) cerca de Paseo de Habana, en frente de VIPS)

Patrocina: Agencia Española de Cooperación Internacional y el Desarrollo
En colaboración con: Escuela Diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, Instituto Egipcio de Estudios Islámicos y Colegio Mayor Universitario Nuestra Señora de Afríca.

Dirección del Curso: Prof. Dr. D. Octavio Uña Juárez.
Prof. D. Juan Carlos Olea Cañizares

Secretaría Técnica:
D. Emilio Manuel Fernández Fernández
D. Ricardo Garcia Rubio
D. David San Cristóbal Gallego

Inscripción Gratuita (plazas limitadas)


PROGRAMA EN EL INSTITUTO EGIPCIO DE ESTUDIOS ISLÁMICOS
Lunes 10.11.2008
19.00 h. Inauguración.


Prof. Dr. Abdel Fattath Awad. Director del Instituto Egipcio.
Prof. D. José Ramón Guerrer Fernádez. Director del Colegio Mayor "Nuestra Señora de África"
Prof. Dr. D. Octavio Uña Juárez Presidente INACS
Prof. D. Juan Carlos Olea Cañizarees. Director INACS

20:00 h. Transmisión de valores de convivencia y dinámica de civilizaciones.

Modera: D. Juan Ramón Blanco Aristín. Secretario General Técnico INACS.
Prof. Dr. Abdel Fattath Awad. Director del Instituto Egipcio.
Prof. D. José Ramón Guerrero Fernández. Director del Colegio Mayor "Nuestra Señora de África"
Prof. Dr. D. Octavio Uña Juárez Presidente INACS
Prof. D. Juan Carlos Olea Cañizares. Director INACS


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Viernes, 7 de Noviembre 2008

A modo de meditación o reflexión: El joven Declan tiene un sueño en el que se pregunta por qué apenas no podemos ser amigos. El video es una preciosa canción, cuyas letras en inglés y español están al pie, sobre el que se propone una pequeña reflexión y meditación: "la alegría (risa) es el lenguaje de mundo" -Declan-.


Meditación sobre las actitudes de los derechos humanos

Querido Declan:

Te escribo esta carta figurada para agradecerte en verdad la belleza, inocencia y pureza de la canción Tell me why?, y como no para ofrecer o tender una mano de amistad y compartir juntos la alegría y bondad innatas a la amistad, al compañerismo, (fraternidad o hermandad, cuarto valor o principio de la la revolución francesa, justicia, libertad, igualdad y fraternidad).

Las preguntas simples, sencillas o sensibles como las que nos planteas, no suelen tener una respuesta fácil, si es que la tienen. Puedo imaginar que no es una “respuesta” lo que buscas alcanzar, sino más bien mover a una reflexión íntima o profunda para que el mundo cambie, para que haya paz, para que cualquier necesidad vital sea saciada, con un pronto remedio.

Como yo no tengo respuestas, ni mucho menos soluciones a los problemas del mundo, si quieres te contaré un pequeño cuento que oí en una conferencia hace tiempo y me gustó:

  • Un gran santo muy anciano era inquietado por su discípulo con muchas preguntas graves e importantes. Un día el sabio, le miró suavemente a su discípulo, y le dijo, “hoy responderé a tus preguntas sobre el bien y el mal, la bondad y la maldad del Hombre en este mundo. Mira cada hombre es como si llevara dentro un perro bueno y otro perro malo. Cada día, el bueno se hace más bueno y el malo más malo.

  • El discípulo algo desconsolado le pregunto ¿pero de los dos perros cuál es que gana?

  • El viejo contestó: “Simplemente al que cada uno eche más de comer. Solo eso. Vivirá al que uno alimente más en cada momento, cuánto más alimentas a uno más crece.” Y con eso le dijo, ahora ponte a sentir y meditar conmigo en la paz, la inocencia y solidaridad inherentes a la bodichita.

¿Te ha gustado?. Bien, ahora vamos, si te parece Declan, a proponer a todos nuestros amigos que nos leen o escuchen, una pequeña meditación con ayuda de tu video, sobre la inofensividad, que quiere decir "no violencia", para que ni con la palabra, el pensamiento, la acción u omisión pueda dañar, menoscabar o molestar a ningún otro ser vivo. También podemos representarlo como no agresividad, no insulto, no crítica, no condena, etc.. Este principio es uno de los más básicos de la filosofía oriental. Sólo decirte que además de este voto de inofensividad, hay más de 250 votos o compromisos similares a este, que se estudian, memorizan, revisan y repasan a diario por monjes tibetanos u otros. Cada sistema filosófico y religioso ha ido sintetizando y creado sus propias máximas, que lejos de ser vistas como algo obligatorio, son entendidas y practicadas como juego de amor.

Tal vez sea conveniente que antes hagamos un breve comentario sobre algunos términos para aclarar su aplicación en esta concreta meditación.

l[¿Has oído hablar del « amor incondicional »?. Esa expresión alude no al amor romántico, o al amor familiar, o de amigos, etc., sino al "amor a toda la Humanidad" o a toda forma de vida. No se puede obligar a una persona a que ame a todos los demás seres vivos. De hecho, sería casi imposible materialmente, pero lo importante es la actitud interior. En este contexto que se expone los términos "respeto, inofensividad y amor" serían equiparables, -o si me lo permites- sinónimos, distinguibles solo por la intensidad o grado en que se muestra cada uno.]l Aunque tienen una diferencia fundamental, el "respeto" es un deber individual, colectivo y universal, la inofensividad y amor, constituye tu derecho, pero son libres y voluntarios.]l

  • Es más habitual o propio del derecho el uso de la palabra "respeto", "tolerancia" o "pacifismo", en la religiones orientales, como el budismo, el término más adecuado sería "inofensividad" o/y "compasión universal", y en las occidentales, este mismo mensaje se puede recoger en el término amor o amor incondicional. Te acuerdas de las palabras de Jesús cuando dijo "yo os doy un mandamiento nuevo: amarás a Dios por encima de todas las cosas y al prójimo como a ti mismo" o cuando enseñaba "el amor a tu enemigo".

Durante algún tiempo meditaba en estas frases, y cada vez que me encuentro en una situación de incomprensión interior, me digo, ah, el intelecto haciendo de las suyas, vale, la puerta de salida o la liberación de la imcomprensión (ignorancia) es el amor (o la compasión, solidaridad, tolerancia, pues el amor siempre es comprensión en si misma).

En el budismo tienen una palabra sánscrita muy bonita, que es Bodichita. En un glosario de términos sánscritos he encontrado esta definición: "Motivación para alcanzar la Iluminación con el único fin de ayudar a todos los seres a salir del sánsara ( o mundos). Actitud del Bodisatva ( o Bhuda)."

Vaya apareció otra palabra sánscrita "sánsara" que el glosario define como "ciclo de muerte y renacimiento, impregnado de sufrimiento que surge en la ignorancia sobre la verdadera naturaleza de la realidad." Para mi sánsara también, puede entenderse como MAYA o la Gran Ilusión del mundo.

En esta práctica tu eres libre de elegir tus preguntas y cuestionamientos. Tan sólo al principio o al final, te propongo dos preguntas:

1º.- ¿Has oído o leído en este blog algo así como que existe un deber de "respeto a la dignidad humana de cada persona", que cada uno debe respetar a todos los demás, en su persona, opiniones, libertad,...., cualquiera que sea su condición personal (nacimiento, sexo, ideología, raza, etc.)?

2º.- ¿Has sentido solidaridad, compasión o respeto por toda la Humanidad, por todos los seres vivos?.

Si al final del ejercicio la respuesta a la dos preguntas anteriores es No, te diré que además de tu sinceridad contigo mismo, que es muy importante, este es un buen momento para empezar a "pensar", "sentir", "meditar" en esa actitud.

Meditación:

Para la meditación guiada, recomiendo si sabes inglés que escuches tranquilamente la música del video, sino las letras están traducidas al castellano, para que con igual tranquilidad y serenidad de ánimo, podamos "meditar juntos" sobre estas cuestiones que nos propone el vídeo musical.

Ahora escucha la música, deja que las ideas de la letra se formulen en tus preguntas interiores. Si te encuentras con ánimo, puedes coger un papel y escribir las respuestas o ideas que te surjan, y si quieres puedes dejarnos un comentario con tu carta o tus ideas.

Como sugerencia adicional es que puedas hacer esto con tus hijos, tu familia, o con quién tu quieres que le pueda interesar este pequeño ejercicio.

Y situados en el papel de Declan, como si fuéramos él, un niño inocente o el que fuéramos en nuestra infancia, empezamos a sentir la música que vibra en nosotros dentro, y como se genera un idea, pensamiento, o sentimiento de respeto, dejando que la emoción, el sentir, la afectividad se activen, hacia esos pequeños y maravillosos "niños y niñas" que aparecen en el fondo de la imagen del video, ellos son los "santos inocentes" del mundo juntos, los "héroes en silencio".

Así, en silencio, durante unos dos o cinco minutos, dejo que a medida que el deseo o intención se dirijan a la solidaridad hacia todos los seres que vengan a nuestra mente, conocidos o extraños.

Tras este pequeño ejercicio que lo puedes hacer cuando quieras, incluso mantener, y sostener esa actitud interior de respecto (solidaridad), unión y unidad, inofensividad, compasión durante más tiempo, y más días, incluso un día entero, o más.

Finalmente comprueba que hay alegría de vivir en tu corazón después del ejercicio, puesto que el valor está en eso.

Al pie dejo un texto budista, como Meditación por la Paz Mundial, cuyo ejercicio puede ahondar en la búsqueda de estas actitudes de armonía y respeto interiores.


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Domingo, 2 de Noviembre 2008

Premios Nobel de la Paz

Al Gore recibiendo el Premio Nobel de la Paz..


Aceptación del Premio Nóbel de la Paz


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Viernes, 24 de Octubre 2008
Me apresuro a formular una opinión, sobre la reglamentación de los blogs en la Unión Europea, a cerca de un artículo al que hago referencia en la sección de noticias, y del cual se puede consultar el proyecto o borrador de informe; aunque me reservo el derecho a variarla, cambiarla y modificarla en cualquier momento, sin previo aviso, y sin ningún otra pretensión mayor que la de la auto-reflexión efímera y tal vez prematura sobre este asunto.

El tema no deja de sorprenderme, y la noticia aparecida en estos días sobre la intención de la UE de legislar y normar sobre los blogs tienen su base en una pequeña experiencia de estos pocos años en los que existen los denominados blogs (o columnas de opinión e información en Internet). Existen áreas mucho más importantes que reglamentar y actuar que el de los blogs, me refiero a la “UW”, como siglas de la “unión web”, o “universo internet”. Desde una visión solamente jurídica, debo comentar que una reglamentación de ese tipo, en nuestro ordenamiento debe tener en cuenta la prohibición de la "censura previa" y algunos derechos humanos o constitucionales, que simplemente se enuncian ahora, y que tienen rango constitucional (CE):

Art. 16. Libertad ideológica, religiosa y de culto:
Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades, sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.

16.2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.

Art. 20. Se reconocen y protegen los siguientes derechos:

1.a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, las ideas, y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de producción.

b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

c) A comunicar y recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estos derechos.

2.El ejercicio de estos derechos no podrá restringirse mediante ningún tipo de censura previa.


4.Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y la infancia.”

Desde la perspectiva la Unión Europea (UE), de protección de las libertades básicas, llamadas “libertades de circulación” -tanto de servicios, de productos, de personas y capitales- no hay duda que la normativa que pretenda la “regulación” de los blogs no puede efectuarse desde una perspectiva de “prohibición, regulación, clasificación o control” pues las libertades y derechos básicos están “entrecruzados” y convergen en diversos aspectos con las libertades de expresión, de creación artística, literaria, científica, o técnica, en la nueva vertiente de “creación de blogs, y a través de blogs”. Más debe estar encauzada desde el fomento, el respeto, la expansión, el pluralismo y el reconocimiento.

Las políticas o acciones sólo tendrían cabida en el ámbito del fomento, la orientación, como guías, modelos o códigos de conducta y recomendación, y las “reglamentaciones” desde ópticas de la protección y expansión de los “usuarios”, que en este caso al ser un servicio gratuito debería estar encaminada en la protección del “lector”, o en vertientes de la “calidad”, publicidad, servicios de las TIC.

Claro que hay telebasura y también hay "blogconfusión", y "blogclaridad" pues el ser humano se ensaya y experimenta a si mismo, en todo cuanto crea (funciones creación, transformación y conservación).

Dado que el servicio de Internet es universal o global, una reglamentación “restrictiva o meramente fragmentaria” no tendría virtualidad alguna, puesto que el punto de conexión, anclaje o referencia, tanto subjetivo personal como objetivo territorial del blogger queda algo desvirtuado por los siguientes circunstancias:

1º.-Se puede crear un blog en un servidor extracomunitario, al que por el territorio no le es aplicable la normativa comunitaria.

2º.-Las distinciones por nacionalidad o internacionalidad en internet carecen de valor. Cualquiera puede publicar, editar o crear con y bajo un seudónimo, o nick.

3º.-En algunos servidores de la comunidad europea se ha optado por un “filtro” previo, bien subjetivo relativo a la condición o experiencia del autor, bien objetivo como el título, contenido, materias o asuntos del blog. Esto no afecta ni directa ni indirectamente a ningún derecho fundamental ni humano sino incide en la vertiente de “prohibición” (salvo las excepciones de los bienes, o valores superiores de protección mayor, como la infancia, la juventud, o tal vez en un futuro, del “usuario” o “internauta”).

4º.-Los derechos humanos de libertad de creencia, expresión, comunicación, de pensamiento, que son inviolables, inalienables, inderogables.

Sobre la naturaleza objetiva, subjetiva y jurídica del blog:

Al ser humano se le puede nombrar de miles de formas, sin embargo, nada cambia el ser, por mucho que cambie el nombre que se le quiera dar. La novedad o innovación no radica tanto en la nomenclatura nueva o sus espacios de expansión. Pues el usuario, internauta, consumidor, votante, contribuyente, paciente, estudiante, caminante, gobernante, cliente, profesor, son aspectos circunstanciales que se han asumido como relevantes o absorbentes del sujeto. Meros adjetivos, predicados, circunstancias de modo, tiempo y lugar que bañan o tiñen más o menos intensamente nuestra atención, sobre la misma esencia del sujeto (yo, tu, el), en definitiva: el ser humano (en cualquier contexto o circunstancia).

Las herramientas en internet están cambiando cada poco tiempo, en períodos o lapsos de 2, 5 o 7 años, lo que determina diferencias notables en el uso, acceso y configuración del sistema que, en lo básico, no es más que una herramienta “informática” en una red de acceso general.

Si vemos alguna diferencia entre el blog y la pagina web, no es más que por la estructura de la información en su almacenamiento y disposición. Más allá de la forma o estructura no existe diferencia notable –ni jurídica- entre una página “web” y un “blog”.

Así pues un correo electrónico, la web, (y el subtipo) blog, son herramientas de acceso, uso y disfrute de la red. El primero, permite la comunicación entre sujetos más o menos concretos (está altamente protegido, por el principio y derecho humano y fundamental, de secreto entre comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas o telemáticas (comunicación emisor-receptor concretos) como viene configurado en el artículo 18 CE, basados en las esferas de la intimidad, la privacidad, el respecto o la dignidad...

La normativa sobre protección de datos de carácter personal también ha incidido en ello, corrigiendo algunos desvíos y abusos, normas sobre el denominado “spam”, correos no deseados y publicidad.

Se podría decir que la tecnología y los avances tecnológicos no conocen del derecho, surgen y se mueven desde otros ámbitos, impulsos, necesidades e intereses distintos del orden -esfera- jurídico protector o normalizador. Aunque en muchos supuestos, comportan un crecimiento, mejora, adaptación del derecho o norma jurídica ya anticipatoria o preventiva, ya curativa, normatizadora, o correctora, sin embargo resulta difícil diferenciar que tipo de actuación tiene la norma jurídica en el tiempo y en el espacio (dialécticas prevención-regulación-sanción o corrección).

La naturaleza objetiva del blog, no es otra que la de un cuaderno de notas, un álbum de fotos, un libro de referencias, artículos, imágenes, videos, que surge como una necesidad y libertad de expresión, de comunicación, de pensamiento, de divulgación. Su estructura es un pequeño espacio de disco duro (soporte físico-presentación de la información), con referencias subjetivas al titular y objetivas de éste. Su función está dirigida a facilitar la interacción de sujetos en las redes sociales para ampliarlas, extenderlas y generar sinergias, grupos de conocimiento e interés.

La naturaleza evolutiva del blog, está a caballo entre la página web y el correo electrónico más avanzado, en la que hay una posibilidad de edición de perfiles del titular, a modo de las “tarjeta de presentación” (ya sean personales, profesionales o de otro tipo). También tiene algún rasgo de publicidad y divulgación del autor y su obra a través de la red.

En lugar de participar de la naturaleza de los libros, cursos, exposiciones, o conferencias, (o como ocurre en películas, videos, y música) dado que tiene un soporte informático y electrónico el contenido del libro, curso, o la información es más dinámico, sin que exista mayor variación o trascendencia sobre los derechos de autor, edición (propiedad intelectual).

El interés, la atención y la libertad como pautas de auterregulación del sistema:

La situación actual del blog es multidiversa, está más cercana a la creación de redes de comunicación e interacción individual, grupal y social, (sociedad civil en movimiento en términos clásicos, y camina hacia la ciudadanía no meramente participativa sino activa y creativa, como nuevo fenómeno socio-cultural-político). La amplitud y acumulación de diversidad en el soporte de los blogs ha permitido que en pocos años se editen libros-diccionarios sobre los blogs, con una terminología anglófona tan variada y dispersa que define tanto el contenido del blog, como las actitudes del autor (donde se entremezclan aspectos literarios, científicos, culturales, religiosos, políticos, económicos, psicológicos (conductuales o de comportamiento), e inclusos jurídicos). Esa acumulación de rasgos y sesgos permite decir que hoy en día haya expertos derecho, comunicación, informática y redes que están volcados y centrados en esta materia. Sin embargo, el derecho se mueve con la manilla de los dias o de las horas, mientras que internet con la manecilla de los segundos.

El derecho cambia tanto y del mismo modo que cambia la realidad humana exterior. Realidades como la de los blogs, tal vez, no requieren de ningún tipo de normativa distinta de la existente en otros ámbitos y valores como los del “respeto, dignidad, veracidad, y libertad”, y en definitiva del mejoramiento de la condición humana en todos los estratos del ser, del saber y del hacer (conducta y comportamiento).

Ni que decir tiene que el derecho ha absorbido aspectos, pautas, y contenidos éticos, filosóficos, religiosos, políticos, científicos y culturales, y que se vierte y nutre sobre estos ámbitos, como cualquier otra rama del árbol de la ciencia y conocimiento, en normas y contenidos objetivables, más o menos estables. Pero existen en la red e internet mecanismos propios de autorregulación más ágiles que la norma jurídica y más eficaces que el derecho (ya sea está de rango legal, reglamentaria, programática...), que habitan en el campo del “uso social” sin llegar al rango de “costumbre”, como son el interés, la atención, y la libertad de uso, el pluralismo, y la responsabilidad del comunicador.


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Sábado, 14 de Junio 2008
"Necesitamos que se aclare quién escribe"

"Pocos dudan que los blogs son cada vez más influyentes en el universo de internet. Sin embargo, el término engloba bitácoras muy dispares; clarificar su estatus es, precisamente, uno de los objetivos del informe sobre concentración y pluralismo de los medios en la Unión Europea redactado por la eurodiputada socialista estonia Marianne Mikko. "No consideramos los blogs una amenaza, pero es cierto que están en posición de contaminar considerablemente el ciberespacio", asegura la ponente.

El informe, cuyo debate y votación por el pleno de la Eurocámara está previsto para septiembre, señala que el desarrollo de las nuevas tecnologías "ha provocado la aparición de nuevos canales y de nuevos tipos de contenidos". Tras apuntar que los medios de comunicación " siguen constituyendo un instrumento político influyente", por lo que su regulación "no debería abordarse exclusivamente desde un punto de vista económico", los eurodiputados miembros de la comisión de cultura destacan que este fenómeno "ha aportado dinamismo y diversidad al panorama mediático".

Responsabilidad
Por esta razón, el informe aboga "por el uso responsable de los nuevos canales", y destaca que "el hecho de que no se indique ni se dé a conocer el estatuto de los autores y editores de blogs causa inseguridad" en lo relativo a "la imparcialidad, la credibilidad, la protección de las fuentes, la posibilidad de aplicar códigos éticos y la responsabilidad jurídica".
Los medios de comunicación no deberían abordarse exclusivamente desde un punto de vista económico Marianne Mikko

Así, se recomienda "que se aclare el estatuto jurídico de las diferentes categorías de autores y editores de blogs".

Para la ponente, "existe una confusión inmensa" como resultado de los diferentes tipos de blog existentes, que no obstante generan en su opinión un alto grado de confianza entre el público. "Para que siga siendo así necesitamos una marca de calidad, que se aclare quién escribe y por qué", añade.

Frescura
A su vez, el eurodiputado belga del Partido Popular Europeo Ivo Belet opina que los blogs "y todo el contenido generado por los usuarios" constituyen una "animada y fresca contribución al panorama mediático", por lo que "no deben ser restringidos", pero puntualiza que "hay determinados asuntos de tipo legal que exigen una solución adecuada".

El liberal alemán Jorgo Chatzimarkakis explica a su vez de que "no se puede considerar a los blogs una amenaza de forma automática", pero alerta de que pueden ser utilizados "por grupos de presión o empresas para hacer circular sus mensajes", por lo que considera que las bitácoras digitales son "un potente instrumento" que podría "llegar a percibirse como una amenaza al pluralismo si no se realiza un seguimiento".

Fuente de esta noticia


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Sábado, 14 de Junio 2008
Historia

"A lo largo de la historia, los conflictos, en forma de guerras o levantamientos populares, se han producido a menudo como reacción a un tratamiento inhumano. La Declaración de derechos inglesa de 1689, redactada después de las guerras civiles inglesas, surgió de la aspiración del pueblo a la democracia. Exactamente un siglo después, la Revolución Francesa dio lugar a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano y su proclamación de igualdad para todos.

Pero muchos consideran que el Cilindro de Ciro, dado a conocer en el año 539 a.C. por Ciro El Grande del imperio aqueménida de Persia (antiguo Irán) tras conquistar Babilonia, es el primer documento de derechos humanos.

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano votada por la Convención Nacional el 23 de junio de 1793, e incorporada como preámbulo a la Constitución de 24 de junio de 1793. (Nota de edición: Al lado del artículo se han hecho anotaciones de su nomen o contenido que no estaban en el texto original, para facilicitar su consulta).


Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (Paris, 1793)
"El pueblo francés, convencido de que el olvido y el menosprecio de los derechos naturales del hombre son la sola causa de los problemas del mundo, ha resuelto exponer, en una declaración solemne, estos derechos sagrados e inalienables, para que todos los ciudadanos puedan comparar los actos del gobierno y el funcionamiento de toda institución social y no se deje jamás oprimir y abatir por la tiranía; con la finalidad de que el pueblo tenga siempre delante de sus ojos las bases de su libertad y de su bienestar; el magistrado, las reglas de sus deberes; el legislador, el objeto de su misión.

En consecuencia, proclama, en presencia del ser supremo, la declaración siguiente
de los derechos del hombre y del ciudadano.

Artículo 1 Finalidad de la sociedad: el bienestar común.

La finalidad de la sociedad es el bienestar común. El gobierno es instituido para garantizar al hombre la vigencia de sus derechos naturales e imprescriptibles.

Artículo 2 Igualdad, libertad, seguridad y propiedad.

Estos derechos son la igualdad, la libertad, la seguridad, la propiedad.

Artículo 3 Igualdad.

Todos los hombres son iguales por naturaleza y ante la ley.

Artículo 4 Definición de la ley como voluntad general, límites.

La ley es la expresión libre y solemne de la voluntad general; es la misma para todos, sea para proteger o para castigar; no puede ordenar más que lo que es justo y útil para la sociedad; no puede prohibir más que lo que es nocivo.

Uno de los textos jurídicos, fílosóficos, éticos, morales, y espirituales más importante de la Historia de la Humanidad:

"La Asamblea Nacional, en presecia de Ser Supremo, y con la esperanza de su bendición y favor, reconoce y declara los siguientes principios sagrados del hombre y del ciudadano que deben guiarse por unos "principios sencillos e incontetables, para el logro de la felicidad general".


Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 adoptada por la Asamblea Constituyente francesa del 20 al 26 de agosto de 1789, aceptada por el Rey de Fracia el día 5 de octubre de 1789.
"Los representantes del pueblo francés, que han formado una Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, la negligencia o el desprecio de los derechos humanos son las únicas causas de calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne estos derechos naturales, imprescriptibles e inalienables; para que, estando esta declaración continuamente presente en la mente de los miembros de la corporación social, puedan mostrarse siempre atentos a sus derechos y a sus deberes; para que los actos de los poderes legislativo y ejecutivo del gobierno, pudiendo ser confrontados en todo momento para los fines de las instituciones políticas, puedan ser más respetados, y también para que las aspiraciones futuras de los ciudadanos, al ser dirigidas por principios sencillos e incontestables, puedan tender siempre a mantener la Constitución y la felicidad general.

Por estas razones, la Asamblea Nacional, en presencia del Ser Supremo y con la esperanza de su bendición y favor, reconoce y declara los siguientes sagrados derechos del hombre y del ciudadano:

I. Los hombres han nacido, y continúan siendo, libres e iguales en cuanto a sus derechos. Por lo tanto, las distinciones civiles sólo podrán fundarse en la utilidad pública.

II. La finalidad de todas las asociaciones políticas es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre; y esos derechos son libertad, propiedad, seguridad y resistencia a la opresión.

III. La nación es esencialmente la fuente de toda soberanía; ningún individuo ni ninguna corporación pueden ser revestidos de autoridad alguna que no emane directamente de ella.

IV. La libertad política consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, no tiene otros límites que los necesarios para garantizar a cualquier otro hombre el libre ejercicio de los mismos derechos; y estos límites sólo pueden ser determinados por la ley.

V. b[La ley sólo debe prohibir las acciones que son perjudiciales a la sociedad. Lo que no está prohibido por la ley no debe ser estorbado. Nadie debe verse obligado a aquello que la ley no ordena.

Esta semana se han presentados dos importantes informes de AI, sobre el estado de los derechos humanos en el Mundo 2008, y sobre los "niños soldado".


Con el título: "60 años de fracaso en derechos humanos: Los gobiernos tienen que disculparse y actuar ya", Amnistía Internacional ha planteado hoy (28.05.2008) a los gobiernos del mundo el doble desafío de pedir disculpas por seis décadas de fracaso en derechos humanos y de renovar su compromiso para obrar mejoras concretas.

En la presentación del Informe 2008: El estado de los derechos humanos en el mundo, Irene Khan, secretaria general de Amnistía Internacional, ha declarado: “Darfur, Zimbabue, Gaza, Irak y Myanmar son puntos calientes que exigen una actuación inmediata en materia de derechos humanos.”

“La injusticia, la desigualdad y la impunidad son hoy las marcas distintivas de nuestro mundo. Los gobiernos tienen que actuar ya para acabar con el abismo que separa lo que se dice de lo que se hace.”

El Informe 2008 de Amnistía Internacional pone de manifiesto, 60 años después de haber sido adoptada la Declaración Universal de Derechos Humanos por las Naciones Unidas, que en al menos 81 países todavía se infligen torturas o malos tratos a las personas, que en al menos 54 se las somete a juicios sin las garantías debidas, y que en al menos 77 no se les permite hablar con libertad.

Irene Khan ha afirmado: “El año 2007 se ha caracterizado por la impotencia de los gobiernos occidentales y la ambigüedad o renuencia de las potencias emergentes a atajar algunas de las peores crisis mundiales de derechos humanos, ya fueran arraigados conflictos o crecientes desigualdades que a tantos millones de personas están dejando relegadas.”

Amnistía Internacional advierte de que la mayor amenaza para el futuro de los derechos humanos es la ausencia de una visión compartida y de un liderazgo colectivo.

La secretaria general de Amnistía Internacional continúa: “El año 2008 ofrece una oportunidad sin precedente a los nuevos líderes que acceden al poder y a los países que emergen a la escena mundial para fijar nuevas orientaciones y rechazar las políticas y prácticas miopes que en los últimos años han hecho del mundo un lugar más peligroso y dividido.”

Amnistía Internacional ha desafiado a los gobiernos a que establezcan un nuevo paradigma de liderazgo colectivo basado en los principios de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

“Y son los más poderosos quienes tienen que predicar con el ejemplo”, ha subrayado Irene Khan.

· China tiene que cumplir las promesas en materia de derechos humanos que formuló en torno a los Juegos Olímpicos y permitir la libertad de expresión y de prensa, y acabar con la práctica de la “reeducación por el trabajo (La “reeducación por el trabajo” es un sistema de detención punitiva que impone la policía en China por periodos de hasta cuatro años sin cargos, ni juicio, ni revisión judicial.

· Estados Unidos tiene que cerrar el campo de detención de Guantánamo y demás centros secretos de detención, juzgar a los detenidos en procesos justos o ponerlos en libertad, y rechazar sin sombra de duda el uso de la tortura y los malos tratos.

· Rusia tiene que mostrar mayor tolerancia hacia la disidencia política, y tolerancia cero hacia la impunidad por los abusos contra los derechos humanos en Chechenia.

· La Unión Europea tiene que investigar la complicidad de sus Estados miembros en las “entregas extraordinarias” de personas sospechosas de terrorismo, y aplicar a sus propios miembros los mismos baremos en materia de derechos humanos que fija para terceros países.

Irene Khan ha advertido: “Los dirigentes mundiales se encuentran en estado de negación, pero el precio de su inacción es elevadísimo. Tal como demuestran Irak y Afganistán, los problemas que afectan a los derechos humanos no son tragedias aisladas, sino que actúan como virus que pueden infectar y propagarse con gran rapidez y ponernos a todos en peligro.”

“Los gobiernos tienen que demostrar hoy el mismo grado de amplitud de miras, coraje y compromiso que hace 60 años llevó a las Naciones Unidas a adoptar la Declaración Universal de Derechos Humanos.”

"Crece en las personas la exigencia de justicia, libertad e igualdad.”

Algunas de las imágenes más impactantes del año 2007 fueron de monjes en Myanmar, de abogados en Pakistán y de mujeres activistas en Irán.

La secretaria general de Amnistía Internacional concluye: “La gente, inquieta e indignada, no se quedará callada, y los dirigentes mundiales ignoran a la opinión pública, para su propio riesgo.”





Autor y Fuente:


Se puede ver la noticia en video
Otros videos, fotos, e seccions en AI
Recomiendo el material de Video (Material fílmico sin editar relacionmado con el Informe 2008 de Amnistía Internacional) denominado ROLLO B "En esa página ofrece una oportunidad para ver, escuchar o descargar el vídeo, audio o fotografías que se pueden utilizar para ilustrar el informe de Amnistía Internacional de 2008."
"Caracas, 31 may (PL) La inseguridad alimentaria mundial es un tema candente, preocupante, y debe ser una prioridad en la agenda política de todos los países, reafirmó hoy el presidente del Consejo Latinoamericano del SELA, Gerónimo Cardozo.

En declaraciones a Prensa Latina, el directivo uruguayo del Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe (SELA) señaló que la perniciosa tendencia global tiene sus raíces en un desigual orden económico internacional, entre otros factores.

Los pueblos tienen la sabiduría suficiente para saber que los problemas de hoy no responden sólo a fundamentos coyunturales, sino a razones profundamente estructurales, comentó.

Cardozo enfatizó que estamos sufriendo más que un orden internacional, es un desorden donde hay pocos que consumen mucho y muchos que consumen muy poco, acotó.

Como para los problemas energéticos y demográficos, y la carencia de agua en muchos territorios, ante la crisis alimentaria hay que buscar causas profundas en un injusto sistema de relaciones internacionales, sostuvo el diplomático.
El SELA –apuntó Cardozo- propone iniciar un ciclo de análisis multinacional con la meta de identificar soluciones a mediano plazo, y luego presentar proyectos de asesoramiento a los diferentes Estados miembros de la organización en el continente.

Fundamentalmente tratamos de buscar una posición conjunta y coincidente de los países de la región camino a la Cumbre sobre Seguridad Alimentaria que tendrá lugar en Roma, del 3 al 5 de junio próximo, recalcó el experto.

Planeamos –remarcó el también embajador de Uruguay- orientar a los gobiernos latinoamericanos y caribeños con el propósito de afianzar una agenda común que nos permita enfrentar a los bloques poderosos del mundo globalizado.

En rigor, la inseguridad alimentaria no es un problema nuevo, ha tomado alcance internacional por el aumento inusitado de los precios y las desigualdades notorias en el campo de la distribución y comercialización de alimentos, consideró.

Actualmente –indicó- la opción de los subsidios agrícolas en naciones del llamado primer mundo, es una de las principales causas de la crisis.
Muchos campesinos latinoamericanos dejan de producir porque sus precios ya no son competitivos con mercaderías que vienen del exterior altamente subsidiadas, recordó el dirigente del SELA.

Un hecho es que en nuestra región geográfica tenemos la voluntad política que nos permitirá afrontar los desafíos del mundo globalizado y, exigir más peso para Latinoamérica en el contexto internacional, destacó Cardozo.

El SELA organizó este viernes una asamblea extraordinaria en Caracas para analizar probables efectos y posibles respuestas frente a la actual crisis derivada del incremento de los precios internacionales de los alimentos y materias primas agrícolas.

La federación intergubernamental, que agrupa a 26 naciones, discutió líneas de acción para conformar un Programa Regional de Cooperación para la Seguridad Alimentaria con el respaldo de otros organismos multilaterales o financieros. "

(Autor: Jorge V. Jaime. Caracas 31 mayo). Fuente:
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Juan Ramón Blanco Aristín
Juan Ramón Blanco es Licenciado en Derecho y abogado en ejercicio. Es asimismo asesor jurídico de Tendencias21, Secretario General Técnico del Instituto Ciencia y Sociedad y socio fundador del Instituto de Derechos Humanos Sri Aurobindo.






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