DERECHOS HUMANOS: J. R. Blanco Aristín

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Miércoles, 2 de Marzo 2011

"Hombre, ¿eres capaz de ser justo? Una mujer te hace esta pregunta." Olympe de Gouge

En plena Revolución Francesa, Olympe de Gouges (1748-1793) hace pública la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana, en réplica a la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, por considerar que excluía a las mujeres. Opositora a Robespierre, fue acusada de sediciosa y monárquica, siendo condenada a morir en la guillotina.


Hombre, ¿eres capaz de ser justo? Una mujer te hace esta pregunta. Olympe de Gouges
Hombre, ¿eres capaz de ser justo? Una mujer te hace esta pregunta. Olympe de Gouges
Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana (1789)

Preámbulo : Las madres, hijas, hermanas, representantes de la nación, piden que se las constituya en Asamblea Nacional. Por considerar que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos de la mujer son las únicas causas de los males públicos y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados de la mujer a fin de que esta declaración, constantemente presente para todos los miembros del cuerpo social les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes, a fin de que los actos del poder de las mujeres y los del poder de los hombres puedan ser, en todo instante, comparados con el objetivo de toda institución política y sean más respetados por ella, a fin de que las reclamaciones de las ciudadanas, fundadas a partir de ahora en principios simples e indiscutibles, se dirijan siempre al mantenimiento de la Constitución, de las buenas costumbres y de la felicidad de todos.

En consecuencia, el sexo superior tanto en belleza en coraje, como en los sufrimientos maternos, reconoce y declara, en presencia y bajo los auspicios del Ser Supremo, los Derechos siguientes de la Mujer y de la Ciudadana.


DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA MUJER Y DE LA CIUDADANA
(redactada en 1789 por Olympe de Gouges para ser decretada por la Asamblea nacional francesa)


ARTÍCULO PRIMERO
La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos, Las distinciones sociales sólo pueden estar fundadas en la utilidad común.

ARTÍCULO SEGUNDO
El objetivo de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles de la Mujer y del Hombre; estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y, sobre todo, la resistencia a la opresión.

ARTÍCULO TERCERO
El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación que no es más que la reunión de la Mujer y el Hombre: ningún cuerpo, ningún individuo, puede ejercer autoridad que no emane de ellos.

ARTÍCULO CUARTO
La libertad y la justicia consisten en devolver todo lo que pertenece a los otros; así, el ejercicio de los derechos naturales de la mujer sólo tiene por límites la tiranía perpetua que el hombre le opone; estos límites deben ser corregidos por las leyes de la naturaleza y de la razón.

ARTÍCULO QUINTO
Las leyes de la naturaleza y de la razón prohiben todas las acciones perjudiciales para la Sociedad: todo lo que no esté prohibido por estas leyes, prudentes y divinas, no puede ser impedido y nadie puede ser obligado a hacer lo que ellas no ordenan.

ARTÍCULO SEXTO
La ley debe ser la expresión de la voluntad general; todas las Ciudadanas y Ciudadanos deben participar en su formación personalmente o por medio de sus representantes. Debe ser la misma para todos; todas las ciudadanas y todos los ciudadanos, por ser iguales a sus ojos, deben ser igualmente admisibles a todas las dignidades, puestos y empleos públicos, según sus capacidades y sin más distinción que la de sus virtudes y sus talentos.

ARTÍCULO SÉPTIMO
Ninguna mujer se halla eximida de ser acusada, detenida y encarcelada en los casos determinados por la Ley. Las mujeres obedecen como los hombres a esta Ley rigurosa.

ARTÍCULO OCTAVO
La Ley sólo debe establecer penas estricta y evidentemente necesarias y nadie puede ser castigado más que en virtud de una Ley establecida y promulgada anteriormente al delito y legalmente aplicada a las mujeres.

ARTÍCULO NOVENO
Sobre toda mujer que haya sido declarada culpable caerá todo el rigor de la Ley.

ARTÍCULO DÉCIMO
Nadie debe ser molestado por sus opiniones incluso fundamentales; la mujer tiene el derecho de subir al cadalso; debe tener también igualmente el de subir a la Tribuna con tal que sus manifestaciones no alteren el orden público establecido por la Ley.

ARTÍCULO DECIMOPRIMERO
La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciosos de la mujer, puesto que esta libertad asegura la legitimidad de los padres con relación a los hijos. Toda ciudadana puede, pues, decir libremente, soy madre de un hijo que os pertenece sin que un prejuicio bárbaro la fuerce a disimular la verdad; con la salvedad de responder por el abuso de esta libertad en los casos determinados por la Ley.

ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO
La garantía de los derechos de la mujer y de la ciudadana implica una utilidad mayor; esta garantía debe ser instituida para ventaja de todos y no para utilidad particular de aquellas a quienes es confiada.

ARTÍCULO DECIMOTERCERO
Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración, las contribuciones de la mujer y del hombre son las mismas; ella participa en todas las prestaciones personales, en todas las tareas penosas, por lo tanto, debe participar en la distribución de los puestos, empleos, cargos, dignidades y otras actividades.

ARTÍCULO DECIMOCUARTO
Las Ciudadanas y Ciudadanos tienen el derecho de comprobar, por sí mismos o por medio de sus representantes, la necesidad de la contribución pública. Las Ciudadanas únicamente pueden aprobarla si se admite un reparto igual, no sólo en la fortuna sino también en la administración pública, y si determinan la cuota, la base tributaria, la recaudación y la duración del impuesto.

ARTÍCULO DECIMOQUINTO

La masa de las mujeres, agrupada con la de los hombres para la contribución, tiene el derecho de pedir cuentas de su administración a todo agente público.

ARTÍCULO DECIMOSEXTO
Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no esté asegurada, ni la separación de los poderes determinada, no tiene constitución; la constitución es nula si la mayoría de los individuos que componen la Nación no ha cooperado en su redacción.

ARTÍCULO DECIMOSÉPTIMO
Las propiedades pertenecen a todos los sexos reunidos o separados; son, para cada uno, un derecho inviolable y sagrado; nadie puede ser privado de ella como verdadero patrimonio de la naturaleza a no ser que la necesidad pública, legalmente constatada, lo exija de manera evidente y bajo la condición de una justa y previa indemnización.

EPÍLOGO

Mujer, despierta; el rebato de la razón se hace oír en todo el universo; reconoce tus derechos. El potente imperio de la naturaleza ha dejado de estar rodeado de prejuicios, fanatismo, superstición y mentiras. La antorcha de la verdad ha disipado todas las nubes de la necedad y la usurpación. El hombre esclavo ha redoblado sus fuerzas y ha necesitado apelar a las tuyas para romper sus cadenas. Pero una vez en libertad, ha sido injusto con su compañera. ¡Oh, mujeres! ¡Mujeres! ¿Cuando dejaréis de estar ciegas? ¿Qué ventajas habéis obtenido de la revolución? Un desprecio más marcado, un desdén más visible. [...] Cualesquiera sean los obstáculos que os opongan, podéis superarlos; os basta con desearlo.

Texto de la Declaración: www.malostratos.org
Texto de la nota previa: www.mujereshoy.com

Para saber más:
http://clio.rediris.es/udidactica/sufragismo2/index.htm
http://es.wikipedia.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_de_los_Derechos_de_la_Mujer_y_la_
Ciudadana
http://es.wikipedia.org/wiki/Feminismo
http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/revfran.htm
http://www.uv.es/~dones/temasinteres/historia/olimpia.htm


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Lunes, 26 de Octubre 2009

Declaración de Derechos de Virginia
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12 de junio de 1776

"ARTÍCUCLO DIECISÉIS.- Que la religión, o las obligaciones que tenemos con nuestro Creador, y la manera de cumplirlas, sólo pueden estar dirigidas por la razón y la convicción, no por la fuerza o la violencia; y, por tanto, todos los hombres tienen idéntico derecho al libre ejercicio de la religión, según los dictados de la conciencia; y que es deber mutuo de todos el practicar la indulgencia, el amor y la caridad cristianas.


Thomas Jefferson. Uno de los padres de la Declaración de Independiencia de USA.
Thomas Jefferson. Uno de los padres de la Declaración de Independiencia de USA.
Declaración de derechos hecha por los representantes del buen pueblo de Virginia reunidos en convención plena y libre, como derechos que pertenecen a ellos y a su posteridad como base y fundamento de su Gobierno.

PRIMERO.- Que todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes, y tienen ciertos derechos inherentes, de los cuales, cuando entran en un estado de sociedad, no pueden ser privados o postergados; en esencia, el gozo de la vida y la libertad, junto a los medios de adquirir y poseer propiedades, y la búsqueda y obtención de la felicidad y la seguridad.

SEGUNDO.- Que todo poder reside en el pueblo, y, en consecuencia, deriva de él; que los magistrados son sus administradores v sirvientes, en todo momento responsables ante el pueblo.


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Lunes, 26 de Octubre 2009

Alianza y Convivencia Civilizaciones

Islam es una palabra Árabe que significa paz, pureza, aceptación y compromiso. Como una religión, el Islam lleva por completo la aceptación y el sometimiento a la enseñanza y consejo de Dios.


Se recomienda la lectura del artículo "Algunas ideas sobre la paz en la historia árabe islámica "La asabiyya" de Beatriz Molina aparecido en la www.webislam.com, y del artículo del profesor Zeki Saritoprak "Una perspectiva islámica sobre la paz y la no violencia" (webislam.com).


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Lunes, 26 de Octubre 2009

Texto de Eduardo Galeano recitado por Caleb González para Gozo Internacional.


Los nadies

Sueñan las pulgas con comprarse un perro y sueñan los nadies con salir de pobres, que algún mágico día llueva de pronto la buena suerte, que llueva a cántaros la buena suerte; pero la buena suerte no llueve ayer, ni hoy, ni mañana, ni nunca, ni en lloviznita cae del cielo la buena suerte, por mucho que los nadies la llamen y aunque les pique la mano izquierda, o se levanten con el pie derecho, o empiecen el año cambiando de escoba.

Los nadies: los hijos de nadie, los dueños de nada.

Los nadies: los ningunos, los ninguneados, corriendo la liebre, muriendo la vida, jodidos, rejodidos:

Que no son, aunque sean.

Que no hablan idiomas, sino dialectos.

Que no profesan religiones, sino supersticiones.

Que no hacen arte, sino artesanía.

Que no practican cultura, sino folklore.

Que no son seres humanos, sino recursos humanos.

Que no tienen cara, sino brazos.

Que no tienen nombre, sino número.

Que no figuran en la historia universal, sino en la crónica roja de la prensa local.

Los nadies, que cuestan menos que la bala que los mata.




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Lunes, 26 de Octubre 2009
Manual Digital de Derechos Humanos preparado por la Federación de ONGs de desarrollo de Derechos Humanos y por la CM.
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Presentación


Los derechos humanos, más allá de su concepto y alcance, se han convertido en el pilar fundamental de cualquier estado de derecho y sociedad moderna, así como en el mínimo común denominador, demandado y afirmado por la comunidad internacional. Los derechos humanos han progresado de forma dinámica y evolutiva desde los individuales, irrenunciables e inherentes al ser humano a los derechos colectivos de toda la humanidad y grupos específicos de seres humanos. Actualmente, por este carácter abierto, siguen consignándose en nuevas generaciones y dando lugar a intensos debates sobre los mismos. La promoción y defensa de los derechos humanos, aun hoy en pleno siglo XXI, sigue siendo una prioridad alarmante, por parte de la Comunidad Internacional y de las organizaciones no gubernamentales debido a la persistencia de su violación y constante amenaza en muchos puntos del planeta. El material que se presenta en este manual digital, pretende dar una visión amplia sobre los derechos humanos, sin ser exhaustivo, así como ofrecer diferentes de recursos para profundizar en los mismos. Estando dirigido a organizaciones y personas interesadas en la temática, como iniciativa complementaria a otras que se llevan a cabo sobre los derechos humanos

Para consultar el manual on line, pulsa aquí



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Sábado, 24 de Octubre 2009

Potenciar la creatividad, el talento, el esfuerzo y los anhelos de los niños y los jovenes en todas las vertiententes ....




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Viernes, 23 de Octubre 2009

Valores

Valores y Principios para un Futuro Sostenible.


¿Qué es la Carta de la Tierra?

La Carta de la Tierra es una declaración de principios éticos fundamentales para la construcción de una sociedad global justa, sostenible y pacífica en el Siglo XXI. La Carta busca inspirar en todos los pueblos un nuevo sentido de interdependencia global y de responsabilidad compartida para el bienestar de toda la familia humana, de la gran comunidad de vida y de las futuras generaciones. La Carta es una visión de esperanza y un llamado a la acción.

La Carta de la Tierra se preocupa especialmente por la transición hacia formas sostenibles de vida y el desarrollo humano sostenible. Por lo tanto, la integridad ecológica es uno de sus temas principales. Sin embargo, la Carta reconoce que los objetivos de la protección ecológica, la erradicación de la pobreza, el desarrollo económico equitativo, el respecto a los derechos humanos, la democracia y la paz son interdependientes e indivisibles. Por consiguiente, el documento ofrece un nuevo marco ético integral inclusivo para guiar la transición hacia un futuro sostenible.

La Carta es el producto de un diálogo intercultural que se llevó a cabo durante toda una década a nivel mundial en torno a diversos objetivos en común y valores compartidos. El proyecto de la Carta de la Tierra comenzó como una iniciativa de las Naciones Unidas, pero se desarrolló y finalizó como una iniciativa de la sociedad civil. En el año 2000, se concluyó el documento y la Comisión de la Carta de la Tierra, una entidad internacional independiente, la dio a conocer públicamente como una carta de los pueblos.

La redacción de la Carta de la Tierra abarcó el proceso más inclusivo y participativo que se haya efectuado jamás en torno a la creación de una declaración internacional. Este proceso es precisamente la fuente de su legitimidad como marco ético rector. La legitimidad del documento se ha fortalecido aún más mediante el respaldo obtenido de más de 4,800 organizaciones, lo que incluye a diversos organismos gubernamentales e internacionales.

A la luz de esta legitimidad, una creciente cantidad de juristas internacionales reconoce que la Carta de la Tierra está adquiriendo un estatus de documento de ley blanda. Se considera que este tipo de documentos, tal como la Declaración Universal de Derechos Humanos, son moralmente vinculantes, aunque no en el plano jurídico, para los gobiernos estatales que aceptan avalarlos y adoptarlos. Por lo general, estos documentos establecen la base para el desarrollo de una ley dura.

En un momento en que se necesita con urgencia la generación de importantes cambios en la forma en que pensamos y vivimos, la Carta de la Tierra nos desafía a examinar nuestros valores y a escoger un rumbo mejor. En un momento en que la educación para el desarrollo sostenible se ha transformado en un elemento esencial, la Carta de la Tierra ofrece un instrumento educativo muy valioso. En un momento en que se necesitan cada vez más las alianzas internacionales de trabajo, la Carta de la Tierra nos exhorta a buscar aspectos en común en medio de nuestra diversidad y a adoptar una ética global que comparte una creciente cantidad de personas en todo el mundo


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Viernes, 23 de Octubre 2009

Los 8 Objetivos de Desarrollo del Milenio

Informe 2009 sobre los 8 Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM)
1º.- Erradicar la pobreza extrema y el hambre mundial.
2º.- Lograr la enseñanza primaria universal.
3º.- Promover la igualdad entre los generos.
4º.-Reducir la mortalidad infantil mundial.
5º.-Mejorar la salud materna.
6º.-Combatir el VIH/SIDA, el paludismo, y otras enfermedades.
7º-Garantizar el medio ambiente sostenible.
8º.-Fomentar una alianza global para el desarrollo.




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Viernes, 23 de Octubre 2009
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Editado por
Juan Ramón Blanco Aristín
Juan Ramón Blanco es Licenciado en Derecho y abogado en ejercicio. Es asimismo asesor jurídico de Tendencias21, Secretario General Técnico del Instituto Ciencia y Sociedad y socio fundador del Instituto de Derechos Humanos Sri Aurobindo.






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